Hoy el Consejo de Estado hundió el decreto con el que Juan Manuel Santos objetó la Reforma a la Justicia y convocó al Congreso a sesiones extras para hundir la polémica reforma en 2012.
Para el tribunal, el decreto no tiene sustento, porque ninguna norma permite que un Presidente objete una reforma constitucional. Lo que no queda claro es que eso quiera decir, automáticamente, que la reforma revive como han dicho algunos medios, ni que Santos, o en su defecto el presidente del Congreso José David Name, tengan que promulgarla inmediatamente. Ni tampoco que es un mero regaño al presidente para que no lo vuelva a hacer en el futuro y que todos sigue iual. Y ese es el debate que se viene.
La ponencia de la presidente del Consejo, María Claudia Rojas Lasso, argumentaba que el Consejo de Estado sí podía revisar el decreto. En la sesión de hoy Rojas fue quien intervino en primer lugar, defendiendo esa postura y explicando que, al hacer ese estudio, queda claro que el Presidente no tiene la función de objetar una reforma constitucional.
Como los funcionarios solo pueden hacer lo que les permiten la Constitución o la ley, la conclusión es que Santos se inventó un trámite y el decreto es inconstitucional.
Después habló la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez y puso sobre la mesa la posición que al final apoyó la minoría. Bermúdez explicó que a su juicio el decreto es lo que los abogados llaman un acto de trámite, en el que no se toma ninguna decisión de fondo. Y como los actos de trámite no tienen efectos sobre terceras personas, no se pueden demandar.
Por eso, a su juicio el Consejo de Estado no podía pronunciarse y si hay una duda jurídica lo que se debe hacer es demandar el acto que sí toma decisiones (es decir, las actas de Senado y Cámara que hundieron la Reforma) ante la Corte Constitucional.
Luego intervinieron otros magistrados, en un ambiente a ratos tenso, y se decretó un receso para almorzar. Al regreso la sesión fue corta y votaron: ganó la ponencia de Rojas con 15 votos contra nueve de la minoría.
En la mayoría estaban los magistrados conservadores como Marco Velilla, Ramiro Pazos, Hugo Fernando Bastidas, Enrique Gil, Gustavo Gómez Aranguren, Alfonso Vargas y Carlos Alberto Zambrano. También los apoyaron otros, que no son conservadores, como Guillermo Vargas y José Octavio Ramírez.
Ese grupo logró la mayoría porque otra consejera, Susana Buitrago, terminó yéndose con ellos a pesar de que antes estaba con la minoría. Y con ellos votó una de las conjueces, Ana Lucía Uribe.
En el otro lado votaron los más liberales como Alberto Yepes, Gerardo Arenas, Jaime Orlando Santofimio, Berta Lucía Ramírez, Danilo Rojas y el conjuez Gabriel de Vega.
El debate giró únicamente alrededor de la constitucionalidad del decreto y la decisión fue declararlo nulo con efectos hacia el futuro. El Consejo de Estado no dijo si las decisiones del Senado y de la Cámara de hundir la reforma eran constitucionales o no (y tampoco podía hacerlo, porque esa función es de la Corte Constitucional). "El Consejo de Estado aclara que no se estudió el contenido del proyecto de acto legislativo de reforma a la justicia", dice el comunicado del Consejo.
Eso es lo que le deja un salvavidas a Santos: según le explicaron a La Silla dos de los magistrados que estuvieron en la decisión de hoy, los actos se presumen legales a menos de que un juez declare otra cosa. Es decir, la reforma seguirá hundida.

La duda es si la reforma está hundida de forma definitiva, porque el único efecto de la decisión es que en el futuro el Presidente no puede objetar reformas constitucionales, o si la decisión tiene la consecuencia de que Santos o Name deben promulgarla ya.
Por eso, lo que viene es una discusión de abogados sobre cuál de esas es la consecuencia acertada y sobre quién puede definirlo, que se zanjaría si el Congreso tramita la reforma de equilibrio de poderes.
Normalmente la decisión sobre quién cuál es el efecto la tendría en sus manos la Corte Constitucional, frente a una demanda que pida declarar inexequibles las decisiones de hundir la reforma por Cámara y Senado. El lío es que esta corte ya se pronunció y dijo que, como no había reforma porque el Congreso le hundió, no podía pronunciarse. Si mantiene esa posición solo podría zanjar el problema una vez Santos o Name la promulguen.
Pero eso crea un círculo vicioso: nadie promulga la reforma porque no se sabe si es constitucional, y ningún juez define si lo es porque nadie la promulga.
Ese debate de abogados -donde es tan común que terminen los enredos políticos en Colombia- le deja al Gobierno una ventana de oportunidad para impulsar el proyecto de equilibrio de poderes, que reforma varios de los mismos artículos de la Constitución.
Si lo logra sacar antes de que la reforma reviva definitivamente, ésta ya no tendría efectos porque el equilibrio de poderes es posterior a la reforma a la justicia, y con eso zanjaría todo el debate de abogados. Por eso, la decisión del Consejo termina dándole más importancia el proyecto de equilibrio de poderes,