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No le hagamos perder tiempo a De la Calle

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Las cartas están sobre la mesa. Ya sabemos en detalle de qué estamos hablando y sin embargo muchos repiten para oponerse: “no sabemos lo que se está negociando en La Habana”. Sí sabemos. Hay tres acuerdos que son públicos y los temas que más dividen a los colombianos están en discusión allá y acá pero las posibilidades son claras: justicia con cárcel o sin cárcel y representación política con qué condiciones.

El tema de justicia es un componente del capítulo de víctimas cuyos derechos en materia de verdad, reparación, garantías de no repetición no son negociables. La guerrilla insiste en que no acepta condenas porque sigue sosteniendo que la “rebelión” es un derecho y que responde por los crímenes de guerra o las violaciones del derecho internacional humanitario en el marco de una comisión de la verdad a la que deban acudir todos los que han sido – en ese entendido- victimarios en el conflicto.

El planteamiento de la guerrilla es un punto de fondo que resulta inaceptable para el Gobierno, por lo que el debate – si se le quiere encontrar una salida- se concentrará en el tipo de penas y la manera de cumplirlas que se le impondrán a los miembros de la guerrilla, agentes del estado y no combatientes que participaron en crímenes durante el conflicto. Para la mayoría de los colombianos se resume en si cárcel o no.

En materia de representación política el tema parece un poco más fácil porque hay una inmensa mayoría que acepta que quienes no cometieron delitos de lesa humanidad queden habilitados para hacer política y por tanto la discusión se concentra en que se hace con los “máximos responsables”. Seguramente ahí saldrán otros temas como si se le concede transitoriamente a las FARC curules automáticas en el Congreso y cuántas o si deberán someterse a las reglas democráticas en las próximas elecciones.

Los presidentes solían tener facultades para decidir estos dos aspectos con los grupos armados ilegales con los que se han hechos acuerdos en Colombia. La facultad presidencial de conceder indultos ha estado en todas nuestras constituciones. Se usó, por ejemplo, para los acuerdos con el M 19 y el EPL. Ahí sigue en el texto constitucional pero se ha interpretado que es restringida y casi inútil por inaplicable para los jefes de la guerrilla que han incurrido en crímenes que si bien no han sido aún calificados como delitos de lesa humanidad, tienen ese carácter, respecto de los cuales el derecho internacional no admite hoy perdones del tipo indulto y amnistías.

El Fiscal había dicho que el Presidente tenía suficientes facultades para suscribir un acuerdo de paz y que no debería siquiera someterlo a refrendación popular como ha sido el compromiso del Presidente Santos. Ahora, por fortuna, rectifica y propone que se convoque un referendo para facultar al Gobierno para definir las reglas de justicia que se aplicarán a la guerrilla.

En materia de representación política en cambio el Presidente requiere de facultades especiales para obligarse a desarrollar circunscripciones especiales o para dar directamente curules a miembros de la guerrilla.

Todos los presidentes o las han tenido o las han buscado. Virgilio Barco propuso las circunscripciones especiales de paz que no se aprobaron pero se incluyeron dentro de un acuerdo político que eventualmente se sometería a referendo aunque para esa época no estaba regulada esa figura. César Gaviria pudo nombrar directamente a miembros de guerrillas desmovilizadas en la Constituyente, que si bien no fueron los del M 19 que se las ganaron electoralmente sí las de otros grupos como el EPL, el Quintin Lame y la Corriente de Renovación socialista. El propio Gaviria fue habilitado por la Constituyente para nombrar un número plural de miembros de la guerrilla en el Congreso, facultad que no usó porque no hubo acuerdo con la Coordinadora Guerrillera Simón Bolívar.

Samper incluyó una norma similar en la denominada ley de orden público que estuvo vigente desde 1997 hasta el 2001, ya en el período de Andrés Pastrana, hasta que la Corte la declaró inconstitucional porque –con razón- consideró que esa facultad debería ser de rango constitucional y no legal. Uribe la incluyó en su referendo de 2003 pero la Corte la declaró inexequible y no se sometió a votación porque debía plantearse por separado y estaba incluida en una pregunta más grande sobre la forma de elección del Congreso.

Santos no tiene facultades ni para definir las reglas de justicia, mantiene las del indulto restringido por las interpretaciones actuales y no tiene facultades para conceder beneficios en materia de representación política. Es decir que no puede hacer concesiones y no tiene un marco para negociarlas con las FARC. El esquema que adoptamos es un poco absurdo: estamos esperando a ver que acuerdan en esa materia para que ahí sí nos pregunten si estamos de acuerdo o no.

Los negociadores convienen, por ejemplo, unas penas alternativas que no signifique privación de la libertad en establecimiento carcelario y después a la mayoría nos parece que eso no es aceptable o conviene darle, por decir cualquier cosa, cinco curules en el Senado y a la mayoría nos parece que son muchas que debían haber sido solo tres. Pero además para que decidamos deberán pasar al menos seis meses, porque el acuerdo lo incorporan en una ley, lo revisa la Corte Constitucional y nos convocan a una votación. Es un esquema completamente inviable.

Si queremos darle certeza a la negociación y salidas políticas y jurídicas al proceso que se sigue con las FARC debemos resolver este pleito ya. Que se convoque el referendo, que nos pregunten qué es lo que creemos que el Presidente le puede conceder a la guerrilla, que la Corte Constitucional resuelva de una vez por todas si esas concesiones son jurídicamente posibles o no.

Hay unas discusiones si se puede o no convocar ese referendo para que coincida con las elecciones de Octubre, hay algunas salidas a esas dudas. Que se resuelva todo de una vez y que si no le vamos a autorizar al Presidente a hacer unas determinadas concesiones pues que lo digamos de una vez y no le hagamos perder más tiempo a De la Calle y Jaramillo.

Uribe ya propuso un referendo para que lo “habilitaran” para nombrar un número ilimitado guerrilleros en el Congreso, ahora se escandaliza y a la misma propuesta la califica de ley habilitante para invocar el fantasma de Chávez que no lo deja dormir. Todos los Presidente han tenido facultades para negociar con las guerrillas y el que más ha avanzado no podrá siquiera, una vez firmado el acuerdo final, convenir unos lugares para que se concentren como lo pide el uribismo, porque las pocas atribuciones que tiene so para el proceso y respecto de los negociadores pero no respecto de la tropa. ¡Habrase visto¡. Claro que hay que definirle las facultades al Presidente y rápido.


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