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Minería ilegal en territorios colectivos

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Por Maria Alejandra Vélez*

Por esta época hace 21 años se firmó la Ley 70 de 1993. Esta ley le permitió a las comunidades rurales de lo que se conoce como el Chocó Biogeográfico ser dueñas de los territorios que habitaban. Antes, sus tierras eran consideradas baldías. Después de la abolición de la esclavitud, esta legislación es quizás el proyecto más importante y determinante en  la historia de las comunidades negras del Pacífico Colombiano.

Este cambio en el derecho de propiedad es una de las reformas más ambiciosas de Latinoamérica, pues reconoce la presencia histórica de las comunidades negras. Inspirados en los resguardos indígenas, la Ley 70 reconoció el derecho a la propiedad colectiva y con ello abrió la posibilidad de un modelo de desarrollo distinto, acorde a la visión y la realidad de sus habitantes.

Es fácil imaginarse qué hubiera pasado en ausencia de la titulación colectiva: la titulación individual hubiera quizás dado pie al desplazamiento y despojo de tierras a nombre de particulares, replicando el modelo que ya conocemos en la otra costa.

Hace 21 años se pensó en un modelo distinto. Los promotores de la Ley 70 imaginaron unas comunidades que se organizarían para proteger su territorio y detener la economía extractiva, a través de planes de manejo del territorio y sus recursos; proyectos alternativos de desarrollo sin destruir los servicios ecosistémicos; acceso a la economía formal; permisos forestales y títulos mineros. En pocas palabras, un autogobierno que determinara la ruta y los planes de etnodesarrollo, i.e., salud y etnoeducación. En últimas, mejor calidad de vida para todos.

Veintiún años después, no cabe duda que la Ley 70 cambió el paisaje político del Pacífico Colombiano. Ahora hay líderes visibles y muchas organizaciones fuertes y empoderadas que defienden los intereses de sus comunidades.

Sin embargo, hay varias promesas incumplidas: sólo 5 de los 166 consejos comunitarios tienen concesiones mineras –en la mayoría financiadas por terceros. Los recursos  para acceder a títulos mineros están, en general, fuera del alcance de las comunidades. Falta educación formal y capacitación para que líderes de base dirijan de manera autónoma proyectos comunitarios.

La minería ilegal los invade y de paso irrumpe en la organización comunitaria al hacer pagos –por lo demás irrisorios—a las familias y a los consejos, para así tratar de legitimar localmente su actividad, tal como lo describe el periodista Javier Silva Herrera en un reciente artículo publicado en El Tiempo. “Parte del problema en los bosques y la falta de control sobre la minería ilegal se produce porque las tierras son de los consejos locales de negritudes. Estos ceden los terrenos a los mineros de dragas y retroexcavadoras a cambio de un ‘impuesto’ o porcentaje fijo de su producción mensual. Pero, muchas veces, los mineros o sus representantes llegan a acuerdos con los dueños de la tierra y desconocen a la autoridad local”, dice Silva en su artículo.

Sin embargo,  el problema no es la titulación colectiva en sí, como afirma. En el Bajo Cauca Antioqueño, con propiedad privada e incluso concesiones privadas como la de Mineros S.A también se sufre del mismo mal.

El problema es que la titulación colectiva promovida por la Ley 70 –a la que todavía falta reglamentar los capítulos IV, V, VI y VII— es una figura sin dientes ni herramientas. Las comunidades negras deben ser autoridad en su territorio a pesar de no tener recursos para su monitoreo y planificación, pues, contrario a los Resguardos Indígenas, no reciben transferencias de la Nación.  No podemos pretender que los costos de la conservación los asuman por su cuenta las comunidades, quienes también tienen aspiraciones en términos de su calidad de vida.

A esto se suma, la ausencia de las condiciones mínimas que debe proveer el Estado en dichos territorios, como salud, educación y el monopolio de la fuerza. Tal y como ocurre en otras zonas del país, ese vacío institucional –y no la titulación colectiva—es el caldo de cultivo idóneo para la proliferación de las actividades ilegales.

La titulación colectiva es el primer paso en el proceso de descentralización para el manejo de los bosques. Sin embargo, es difícil pedirle cuentas a los consejos comunitarios, como lo sugiere en el mismo artículo el viceministro de minas César Díaz en la entrevista que le hace Silva: “El centro del problema de la minería ilegal en Chocó se concentra en que los consejos comunitarios de negritudes, al ser dueños de las tierras, disponen de ellas sin exigir licencias ambientales ni requisitos para que se cumplan mínimos estándares de responsabilidad con el medioambiente.”

Echarle la culpa a la titulación colectiva y de paso a los consejos comunitarios es un desacierto peligroso, más aún cuando se discute el futuro de la consulta previa en los territorios étnicos.  Las corporaciones autónomas regionales así como las autoridades municipales, regionales  y  nacionales no han hecho un acompañamiento permanente a los consejos comunitarios en la gestión del territorio y las promesas de un desarrollo acorde con las aspiraciones de las comunidades negras aún están lejos de alcanzarse.

*Profesora de la Facultad de Administración de la Universidad de los Andes. Es Economista y  Ph.D en Economía de los Recursos de la Universidad de Massachusetts, Amherst. 


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